Comprender el visado T: Protección y camino a la justicia
Kris Quadros-Ragar • July 25, 2024
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El visado T es un visado de no inmigrante diseñado específicamente para las víctimas de formas graves de trata de seres humanos. Proporciona a los beneficiarios un estatus legal temporal en Estados Unidos que les permite vivir y trabajar en el país durante un máximo de cuatro años. Este visado no sólo garantiza su seguridad, sino que también da acceso a prestaciones públicas esenciales, como ayudas a la vivienda y atención médica.
En la lucha contra la trata de seres humanos, el visado T es una herramienta crucial que ofrece esperanza y protección jurídica a las víctimas que han sufrido penurias indecibles. Establecido en virtud de la Ley de Protección de las Víctimas de la Trata y la Violencia de 2000 (VTVPA), el visado T tiene por objeto proteger a las personas víctimas de la trata en Estados Unidos de una mayor explotación, al tiempo que las faculta para ayudar a las fuerzas de seguridad a perseguir a sus traficantes.
Para poder optar a un visado T, el solicitante debe demostrar que:
1. Han sido víctimas de una forma grave de trata de personas;
2. Se encuentran físicamente en Estados Unidos, Samoa Americana o en un puerto de entrada a EE.UU. a causa de dicho tráfico;
3. Hayan atendido cualquier solicitud razonable de asistencia en una investigación o enjuiciamiento federal, estatal o local sobre actos de trata de personas o la investigación de un delito en el que los actos de trata de personas sean al menos una razón central para la comisión de dicho delito, excepto cuando el solicitante fuera menor de 18 años en el momento de la victimización o no pueda cooperar con una solicitud debido a un trauma físico o psicológico;
4. Sufrirían dificultades extremas que implicarían daños inusuales y graves en caso de expulsión de Estados Unidos; y
5. Sea admisible en Estados Unidos o pueda acogerse a una dispensa de cualquiera de los motivos de inadmisibilidad aplicables.
Las revisiones de 2021 del Manual de Políticas del USCIS, particularmente en el Volumen 3, Parte B - Víctimas de Trata, han aclarado la amplia definición de trata. Esto ha facilitado más casos exitosos de visado T sin solicitudes de pruebas o la necesidad de litigios.
Proceso de solicitud
La solicitud de un visado T implica la presentación de un paquete de solicitud completo al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). El núcleo de la solicitud es el formulario I-914, que incluye:
- Información personal detallada e historial de victimización por trata.
- Documentación acreditativa, como informes policiales, historiales médicos y declaraciones juradas de testigos.
- Pruebas de cooperación con las fuerzas del orden.
- Pruebas de dificultades extremas en caso de deportación.
Una vez que USCIS recibe la solicitud, lleva a cabo una revisión exhaustiva para determinar la elegibilidad para el visado T. Una vez aprobado, los titulares del visado T reciben un estatus legal temporal en EE.UU. de hasta cuatro años. Durante este periodo, pueden rehacer sus vidas con acceso a recursos cruciales y la posibilidad de trabajar legalmente.
Y lo que es más importante, después de tres años de presencia continuada en EE.UU. con el visado T, las personas pueden solicitar el ajuste de su estatus para convertirse en residentes permanentes legales (titulares de la tarjeta verde).
Navegar las complejidades del proceso de solicitud de visa T requiere experiencia legal y apoyo compasivo. En Santos Lloyd, nuestro dedicado equipo de abogados se especializa en la ley de inmigración, con un enfoque en ayudar a las víctimas de la trata de personas. Si usted cree que ha sido víctima de la trata de personas o desea una investigación completa, por favor póngase en contacto con nuestra oficina - ¡estamos deseosos de ayudarle!
Este blog no pretende ser asesoramiento jurídico y nada de lo aquí expuesto debe interpretarse como el establecimiento de una relación abogado-cliente. Por favor, programe una consulta con un abogado de inmigración antes de actuar sobre cualquier información leída aquí.

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