USCIS actualiza las directrices sobre el cálculo de la edad de la Ley de Protección del Estatuto del Niño (CSPA)
Click here to read this article in English
El 25 de septiembre de 2024, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) actualizó recientemente sus directrices sobre la
Ley de Protección del Estatus del Niño (CSPA) para aclarar cómo se calcula la edad CSPA de un solicitante cuando se dan circunstancias extraordinarias. Esta actualización está diseñada para ayudar a los solicitantes y sus familias a entender mejor cómo su elegibilidad para ciertos beneficios de inmigración puede verse afectada por retrasos o condiciones especiales durante el proceso.
La CSPA es una ley crucial que ayuda a proteger a los niños contra el «envejecimiento» del proceso de inmigración,
es decir, cumplir 21 años mientras esperan que se procesen las peticiones de inmigración basadas en la familia. Normalmente, una vez que un hijo cumple 21 años, ya no puede optar a una tarjeta verde en determinadas categorías de visados familiares. Sin embargo, la CSPA permite un cálculo especial de la edad de un hijo para determinar si puede seguir siendo considerado «hijo» a efectos de inmigración, aunque haya superado los 21 años.
La reciente actualización del USCIS se centra en dos puntos clave:
- En primer lugar, aclara cómo las circunstancias extraordinarias pueden excusar a un solicitante del requisito habitual de solicitar una tarjeta verde (o «tratar de adquirir» la residencia permanente) en el plazo de un año desde que su visado esté disponible. Si circunstancias extraordinarias, como problemas médicos u otras situaciones inevitables, impiden a un solicitante cumplir este plazo, aún podrá acogerse a la protección de la CSPA siempre que pueda demostrar dichas circunstancias.
- En segundo lugar, las orientaciones describen cómo calcular la edad CSPA del solicitante en los casos en que se dan estas circunstancias extraordinarias. Si un visado de inmigrante ha estado disponible durante un período ininterrumpido de un año, la edad CSPA se calcula a partir de la fecha en que el visado estuvo disponible por primera vez. Sin embargo, si el visado estuvo disponible y luego dejó de estarlo antes de que el solicitante pudiera solicitarlo, el cálculo de la edad CSPA puede seguir utilizando la fecha en que el visado estuvo disponible por primera vez, si el solicitante puede demostrar que no pudo solicitarlo debido a circunstancias extraordinarias.
Esta actualización aborda una cuestión que anteriormente no estaba cubierta en detalle por la política de USCIS. Antes de esta aclaración, no estaba claro cómo la edad CSPA se calcularía para los no ciudadanos que tenían razones extraordinarias para no solicitar una tarjeta verde durante el tiempo que su visa estaba disponible. Al proporcionar esta orientación actualizada, USCIS tiene como objetivo garantizar que estos casos se manejen de manera coherente y justa.
En conclusión, esta reciente actualización del USCIS ofrece una orientación más clara sobre cómo las circunstancias extraordinarias afectan el cálculo de la edad CSPA. Si usted cree que su familia podría beneficiarse de esta actualización, por favor póngase en contacto con uno de nuestros abogados de inmigración altamente experimentados, que pueden ayudarle a entender cómo estos cambios se aplican a su situación. Para obtener información más detallada, puede visitar el
Manual de Políticas de USCIS o revisar el
anuncio oficial de USCIS.
Este blog no pretende ser una asesoría legal y nada aquí debe interpretarse como el establecimiento de una relación abogado-cliente. Programe una consulta con un abogado de inmigración antes de actuar sobre cualquier información que aquí lea.


